top of page

Desde mañana colombianos no necesitan visa Schengen


Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca (sin Groenlandia ni las Islas Feroe), Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia (sin los territorios de ultramar), Grecia, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumania y Suecia son los países a los que los colombianos podrán viajar sin visa a partir de mañana 3 de Diciembre de 2015.

Así mismo podrán ingresar a Suiza y Liechtenstein, que son países asociados a la comunidad Schengen, pero que no hacen parte de la Unión Europea. No obstante, decidieron eliminar el requisito de forma paralela.

Ni Irlanda ni el Reino Unido, que son miembros de la UE, se encuentran dentro del acuerdo, por lo que es necesario tramitar una visa para visitar esos países, así como también deberá hacerse para el ingreso a Islandia y Noruega.

Es importante tener en cuenta que si bien la visa ya no será un requisito para visitar estas naciones, los ciudadanos colombianos que deseen viajar deberán contar con un pasaporte de lectura mecánica o biométrica, que tenga vigencia como mínimo tres meses después de la fecha prevista de regreso.

Deberán contar además con un tiquete de ida y vuelta, una carta de admisión para un curso certificado, un certificado de alojamiento, una reserva de hotel o invitación de amigos o familiares y demostrar que tiene los recursos económicos para sostenerse durante su permanencia.

La Cancillería colombiana ha sido enfática en recordar que la eliminación del requisito de la visa no garantiza el ingreso a territorio europeo, ya que dicha decisión queda en manos del agente de migración en el puerto de entrada, que validará el cumplimiento de los requisitos.

El acuerdo, que no solo aplica para los turistas, también facilitará que los colombianos asistan a eventos o participen en intercambios culturales y deportivos; reuniones de negocios, cubrimientos periodísticos de medios de comunicación, tratamiento médico y estudios de corto plazo, para una estancia que no exceda los 90 días.

El ingreso bajo este acuerdo no permite trabajar ni recibir algún tipo de remuneración o solicitar residencia en el país que va a visitar. Si excede los 90 días de estadía, automáticamente estará en situación migratoria irregular y podrá no volver a concederse la entrada.

18 views0 comments
bottom of page